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Normativa

Contratos de calidad extra

La resolución CREG 015 de 2018, en el numeral 5.2.9. Contratos de Calidad Extra, estable que el usuario que requiera podrá solicitar al OR la realización de un contrato de calidad extra, mediante el cual las partes acordaran los valores los valores máximos de duración y frecuencia de los eventos que el OR se comprometerá a brindarle en forma adicional a los mínimos garantizados establecidos por la regulación, la forma en que el usuario pagará por esta calidad adicional y las compensaciones que se generarán por el incumplimiento.

La negociación de estos contratos considerará la posibilidad de realizar un acuerdo de mayor pago por el servicio de distribución a cambio de garantizar las mejores condiciones de continuidad acordadas.

Proceso de Solicitud de Calidad Extra

  • Diligenciar el formato de Solicitud de Calidad Extra FT-DEX-03-012.
  • Anexar curva de carga horaria promedio de la instalación.
  • Enviar carta de solicitud de calidad extra, Formato FT-DEX-03-013  anexando el Formato de solicitud de Calidad Extra y curva de carga Horaria.
  • Recibirás un correo de confirmación de la solicitud realizada.
  • Cinco (5) días hábiles después de radicación de tu solicitud, recibirás un correo indicando el tiempo que tomará el área técnica para evaluar tu solicitud y dar respuesta. (revisar tiempo)
  • Luego de finalizado el estudio, se enviará el resultado de este al usuario, relacionando los valores de calidad a garantizar y el valor del contrato que permitirá a ElectroHuila garantizar estos niveles.
  • El usuario tendrá un tiempo de un (1) mes calendario para confirmar si acepta o no, las condiciones de para calidad extra (revisar tiempo).
  • Si el usuario acepta las condiciones, entre las partes se realizará contrato de condiciones.

Se debe puntualizar los datos en rojo para validar que los plazos (tiempos) relacionados e información solicitada sea la adecuada y necesaria para evaluar la viabilidad de cada solicitud.

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Notificación Sobre Medidores de Energía Eléctrica

ElectroHuila S.A. E.S.P. se permite informar a los clientes, proveedores, comerciantes, técnicos e ingenieros electricistas e interesados, que a partir del 20 de Junio de 2024, no se recibirán medidores de energía eléctrica con registrador ciclométrico.